CESE, CAMBIO DE ADMINISTRADOR Y TRASLADO DE DOMICILIO SOCIAL
En Amambay, mi residencia, a 15 de agosto de 2015
Ante mí, Juan Carlos Wasmosy Yuang, Notario de esta Capital y el Ilustre Colegio de Amambay
COMPARECEN
De una parte:
Doña Vatan Hitkarie de Jaggernauth, de nacionalidad surinamés, empresaria, no residente en España, mayor de edad, soltera, domiciliada en Dr. Ir. Adhinstraat #21, Box 4069 en Paramaribo (Surinam), con pasaporte vigente de su nacionalidad, número 456454. Con número de identificación fiscal X545654G
Y de otra:
Doña Cheddi Jagan, de nacionalidad guyanesa, jubilado, no residente en España; domiciliado en 9, Bristol Avenue BR5 2T5, Reino; con pasaporte guyanés número 4343554. Con número de identificación fiscal Y4654545H
Doña Martina Carter, de nacionalidad paraguaya, jubilada, casada, no residente en El Salvador; domiciliada en Calle Pituy,35 Ñemby (Paraguay) con pasaporte vigente paraguayo número 45456445.
INTERVIENEN
Doña Vatan Hitkarie de Jaggernauth, como socia única de la mercantil Hernandarias Productoras, S.L., de nacionalidad salvadoreña, que tiene por OBJETO SOCIAL la venta de vehículos, con domicilio en la Calle Piouz, 65 Amambay (El Salvador); constituida por tiempo indefinido, en escritura autorizada en Amambay el 25 de Abril de 2015, ante el Notario de la citada localidad, D.Juan Carlos Wasmosy Yuang, número de protocolo 465, Inscrita en el Registro Mercantil de la provincia de Amambay, al tomo 4578, folio 455, hoja AM-45645, inscripción 1ª. Su número de identificación fiscal es el A456465.
Su condición de socio único resulta de haber adquirido el total de las participaciones sociales, mediante escritura de compraventa de participaciones sociales, autorizada en Amambay, el día 20 de agosto de 2015, ante el citado Notario, Juan Carlos Wasmosy Yuang, número de protocolo 32467, y haberse declarado unipersonal, en citada escritura. Inscrita en el Registro Mercatil de la provincia de Sonsonate, al tomo 3489, folio 388, hoja So.3274987, inscripción 78.
Me asegura la vigencia de su cargo, y manifiesta que los datos de identificación y,especialmente, el objeto social y el domicilio de la persona jurídica no han variado respecto de los consignados en el documento fehaciente presentado, así como sus facultades representativas y la persistencia de la capacidad jurídica y de obrar de la Entidad que representa.
Y los demás señores en su propio nombre y derecho.
Me aseguro de su identidad por la documentación reseñada. Tienen, a mi juicio, en el concepto en que respectivamente intervienen, capcidad legal para otorgar la presente.
ESCRITURA DE CESE, CAMBIO DE ADMINISTRADOR Y TRASLADO DE DOMICILIO SOCIAL, y al efecto:
DICE y OTORGA
Doña Cheddi Jagan, como socia única de la mercantil toma las siguientes decisiones, cuya inscripción solicita el Registrador Mercantil :
1) Cesar a don Peter Ing Direct , como administrador único de la sociedad.
2) Cambio de sistema de administración, pasando de ser un administrador único, a dos administradores solidarios.
3) Nombrar como administradores solidarios de la mercantil de la sociedad a Doña Cheddi Jagan y Doña Martina Carter, que aceptan en este acto, y cuyas circunstancias personales constan en la comparecencia.
Los nombrados presentes aceptan el cargo y declaran no estar incurso en ninguna de las prohibiciones e incapcidades o incompatibilidades establecidas por las leyes, en la medida y condiciones fijadas en ellas.
Advierto la necesidad de notificar el administrador saliente don Peter Ing Direct, para que se de por entereado del cese.
4) Cambiar el domicilio social actual al siguiente: en Amambay (El Salvador), 78349, Calle Libertad, número 67.
Y en consecuencia queda modificado el artículo 387 de los Estatutos Sociales, el cual queda redactado del siguiente modo:
"Artículo 387.-DOMICILIO SOCIAL. La sociedad tiene su domiclio en Calle Libertad, número 67, 78349, Amambay (El Salvador). Los administradores podrán acordar la creación, traslado o supresión de sucursales, agencias o delegaciones, así como trasladar el domicilio social dentro del mismo término municipal".
Los comparecientes en el concepto en que intervienen se facultan y apoderan recíprocamente para que otorgue cuantas escrituras y documentos de subsanación, aclaración o complemento de la presente sean necesario o convenientes.
PROTECCIÓN DE DATOS.- De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/2019, los señores comparecientes quedan informados y aceptan la incorporación de sus datos a los ficheros automatizados existentes en la Notaría, que se conservarán en la misma con carácter fundacional, sin perjuicio de las remisiones de obligado cumplimiento.
Los comparecientes me autorizan a mi, el Notario, para que incorpore fotocopia de los documentos de identidad reseñados, en la matriz y en las copias que expida de la presente escritura.
OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN
Así lo dicen y otorgan; hechas las advertencias legales.
Por su elección leo a los señores comparecientes la presente escritura, traduciéndolo yo el Notario , en este mismo acto a los señores comparecientes, en idioma inglés, enterados de su contenido, le prestan su consentimiento y firman contigo, la Notaria, que de haberles identificado de que a mi juicio tienen la capacidad y legitimación para este otorgamiento, que el consentimiento ha sido prestado libremente y que este otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes e intervinientes y del resto del contenido de cuanto antecede de este instrumento, extendido en tres folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, el presente, de la serie 887Y, y números 832748397 y los dos folios posteriores correlativos en orden, de la misma serie, yo la Notaria, Doy fe.
Están las firmas de los comparecientes.
Signado. Juan Carlos Wasmosy Yuang
Rubricado y sellado.
DILIGENCIA: en Amambay, a 15 de Agosto de 2015.
Ante mí, Juan Carlos Wasmosy Yuang, Notario de esta Capital y del Ilustre Colegio de Amambay.
COMPARECE
Doña Cheddi Jagan, de nacionalidad guyanesa, mayor de edad, empresaria, soltera,no residente en El Salvador; domiciliada en Calle Pituy,35 Ñemby (Paraguay) con pasaporte vigente paraguayo número 45456445
INTERVIENE
En su propio nombre y derecho.
Le identifico por su reseñado documento de identidad y tiene, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente DILIGENCIA, y al efecto:
DICE Y OTORGA
Que se da por enterado de su cese como administrador único de la sociedad "Hernandarias Productoras, S.L.", ocurrido en escritura autorizada por mi, el dia 15 de Agosto de 2015, número de protocolo 45465, cuya escritura manifiesta conoce íntegramente el Sr. compareciente, por lectua previa por si misma de dicha matriz.
Hago las reservas y advertencias legales y fiscales.
Por su elección leo al señor compareciente la presente diligencia, traduciéndola yo la Notaria, en este mismo acto al señor compareciente, en idioma inglés, enterado de su contenido, le presta su consentimiento y firma conmigo, el Notario, que de haberle identificado de que a mi juicio tiene la capacidad y legitimación para este otorgamiento, que el consentimiento ha sido prestado libremente y que este otorgamiento se adecúa a la legalidad y a la voluntad debidamente informada del otorgante e interviniente y del resto del contenido de cuanto antecede de este instrumento, extendido en el presente folio de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, de la serie 45Y y número 324789, yo el Notario, Doy fe.
Sigue firma del señor compareciente,
Signado: Juan Carlos Wasmosy Yuang
Rubricado y sellado.
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